CCOO gana una sentencia que reconoce el tiempo trabajado como Juez/a de Paz a efectos de cotización
20 sept 2018
Archivado en: Cotizaciones, Jueces, Juzgados de Paz, Seguridad Social, Sentencias
CCOO ha conseguido una Sentencia firme y favorable en un Juzgado de lo Social de Valencia en una demanda que se había interpuesto contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Ministerio de Justicia para que se reconociera un porcentaje superior de la cuantía de la pensión en la base reguladora fundamentándolo en que se reconociera expresamente el período en que ejerció funciones de Jueza de Paz como tiempo cotizado.
La Sentencia reconoce a los Jueces de Paz la cualidad de “personal civil no funcionario al servicio del Estado” por lo que la Administración del Estado estaba obligada a cursar el alta en el Régimen General de la Seguridad Social y a cotizar por el período trabajado. Por tanto, se condena a la Administración a cotizar dicho período y a pagar la diferencia de la cuantía de la nueva prestación de jubilación que se le reconoce, todo ello sin perjuicio de que el INSS anticipe dichas cantidades. Imprimir artículo
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