CCOO exige a
CCOO reclama a
- Ante la
posible remisión de facturas por parte de los servicios públicos de salud, los mutualistas
deben remitir la factura a su entidad privada para su abono, y si ésta no la
abona formular la oportuna reclamación en
la Comisión Mixta
Provincial de la MUGEJU.
La MUGEJU insiste en
que no hay dinero para recuperar las prestaciones suprimidas o reducidas en
2012 pero su presupuesto y el gasto en lo que llevamos de año dicen lo
contrario.
El viernes 17 de julio se
celebró una reunión de la Comisión Permanente de la Mutualidad General
Judicial, en el que los principales puntos que se trataron fueron los que a
continuación se detallan. Dada la trascendencia del primer punto, y a fin de
ofrecer información correcta sobre cómo actuar, hemos preferido retrasar la
divulgación de esta hoja informativa hasta poder contrastar con la MUGEJU la información
relativa al mismo.
1.- No suscripción por
numerosas Comunidades Autónomas del convenio de asistencia sanitaria para los
mutualistas que viven en poblaciones de menos de 20.000 habitantes y que están
adscritos a entidades médicas privadas.
El Concierto Sanitario vigente
entre la MUGEJU
y las entidades médicas privadas establece en su Anexo I la posibilidad de que la MUGEJU firme convenios con
las comunidades autónomas para la asistencia de los mutualistas adscritos a
entidades médicas privadas que vivan en poblaciones de menos de 20.000
habitantes.
Con arreglo a estos Convenios estos mutualistas tienen derecho a la
atención primaria y de urgencias por los servicios públicos de salud
correspondientes, que abona la MUGEJU
con cargo a las Compañías privadas, pagando una cantidad fija por mutualista.
Hasta
hace poco sólo Valencia carecía de este Convenio. Pero en el año 2015 hay, sin
embargo, 6 Comunidades autónomas que no han querido suscribir Convenios de
asistencia rural, cuya negociación lleva MUFACE en nombre de las tres
mutualidades: Valencia, La Rioja ,
Canarias, Navarra, Pais Vasco y Murcia.
A ello hay que añadir que los
conciertos firmados con Madrid y Aragón excluyen la atención primaria, dejando
sólo en el convenio la asistencia en caso de urgencias.
El problema ha pasado a
ser global: o bien los mutualistas adscritos a entidades médicas privadas que
vivan en poblaciones inferiores a 20.000 habitantes de las citadas Comunidades
autónomas se desplazan a localidades en que sus compañías cuenten con medios
propios para recibir la atención primaria o de urgencias, o bien si acuden a
los servicios públicos de salud recibirán una factura por su atención.
Este
problema, añadido a la reticencia a la asistencia de mutualistas adscritos a
entidades privadas por parte de los servicios públicos de salud, deben ser
valorados por los mutualistas que viven en el medio rural a primeros de cada
año cuando eligen estar adscritos a los servicios públicos de salud de su
Comunidad autónoma o a entidades médicas privadas.
Los
mutualistas de las 8 comunidades autónomas afectadas se han ido enterando de
los cambios en esta materia cuando acuden al médico, o posteriormente cuando les
llegan las facturas por la atención primaria.
Ante esta situación CCOO reclamó en la Comisión Permanente
que la MUGEJU informe
adecuadamente a los mutualistas de estas 8 comunidades autónomas sobre cómo
proceder en estos supuestos, tanto en su página web como a través de las
Delegaciones provinciales, y que se les permita sin objeción alguna pasarse a
los servicios públicos de salud de forma inmediata si así lo desean.
Los
representantes de la MUGEJU
en dicha reunión manifestaron que, aun cuando no está establecida en el
Concierto Sanitario, sí que es posible justificadamente que estos mutualistas
hoy adscritos a entidades médicas privadas puedan solicitar pasar a quedar
adscritos a los servicios públicos de salud de sus comunidades autónomas de forma inmediata y fuera del
periodo ordinario de cambio de entidad médica.
También
nos han informado los responsables de la MUGEJU que en estos casos, si el mutualista
recibe una factura por los servicios recibidos, debe remitirla a su entidad
médica privada para su abono.
En cualquier caso el mutualista
no debería tener que adelantar el dinero, sino que debe tramitar el pago de la
factura en su entidad privada, haciendo entrega de la factura. La MUGEJU aconseja que el mutualista se quede copia de la factura, en
papel o en soporte informático. En el caso de que la compañía deniegue el
pago, el mutualista debe plantear una reclamación en comisión mixta provincial
de la MUGEJU.
CCOO exige a la MUGEJU que garantice y
vele por la adecuada asistencia médica de todas y todos los mutualistas con
independencia de su residencia
2.- Prestaciones
suprimidas o recortadas en el año 2012: la Gerente incumple sus compromisos.
Según consta en el borrador
de la Memoria
anual de la MUGEJU
del año 2014, en dicho año la ejecución presupuestaria de las Ayudas por
prótesis fue del 78,76 %; del Fondo de Acción Social, del 16,67 % y de las
ayudas por Psicoterapia
e Internamiento psiquiátrico, del 25,58 %.
En el primer trimestre del año 2015
la ejecución presupuestaria de estos tres tipos de prestaciones ha sido del
19,63 %, 9,68 % y 8,53 % respectivamente, y demuestra que una vez más, al final
del año, la ejecución presupuestaria de estas ayudas estará muy lejos del 100
%, es decir, que no se gastará el dinero presupuestado mientras que siguen
existiendo ayudas suprimidas o recortadas en el año 2012 que la Gerente de la MUGEJU se niega a recuperar.
3.- Otros asuntos
tratados en la
Comisión Permanente de julio de 2015
CCOO volvió a reclamar, tal y como se aprobó en la última Asamblea, tras nuestra propuesta, que se incluyera en los partes de baja un supuesto de “accidente en acto de servicio o enfermedad profesional”, a la vista de que sí lo contienen los partes médicos de