CCOO reclama al Ministerio que se aclaren las nóminas en los descuentos de IT


5 nov 2013


Los trabajadores no tenemos por qué aguantar que, además de que nos realicen descuentos por estar enfermos, sea imposible entender las nóminas en esos casos

CCOO HA RECLAMADO AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE EXPRESE LOS DESCUENTOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT) EN LAS NÓMINAS DE MANERA COMPRENSIBLE PARA TODOS LOS TRABAJADORES

Las nóminas son absolutamente incomprensibles cuando reflejan descuentos en los casos de enfermedad, y también cuando se producen liquidaciones de nóminas, porque se calculan, sin explicación, las cantidades, prorrateándolas en relación con los días trabajados en el mes de cese como en relación a la parte que se liquida de las pagas extras

CCOO se ha dirigido al Ministerio de Justicia en relación con la incomprensibilidad de las nóminas del ámbito no transferido, al menos en los casos en los que se producen descuentos retributivos por estar enfermo (desde que se publicó en julio de 2013 la norma del Ministerio de Justicia sobre esta cuestión) y también en las liquidaciones de nómina cuando un trabajador cambia de destino o cesa en su puesto de trabajo.

Es absurdo que los trabajadores tengan que hacer esfuerzos titánicos para comprobar si los descuentos que se les han realizado en la nómina están bien o mal calculados, o si hay o no errores. Además, si eventualmente hubieran sido mal calculados, los trabajadores deben poder conocerlo con la máxima facilidad, para presentar en el plazo correspondiente la oportuna reclamación, salvo que el Ministerio no quiera incluir con la debida claridad y separación las diferentes partidas de los descuentos o liquidaciones para evitar las posibles reclamaciones.

Para ayudar a la comprensión de estas nóminas incomprensibles, CCOO os aclara cómo calcula el Ministerio de Justicia los descuentos de nómina en los casos de IT, con un ejemplo. 

En el ejemplo, una nómina de Tramitación de baja 15 días: el sueldo sin descuentos de Tramitación es igual a 911,18 €.

El trabajador/a ha estado de baja en el mes de septiembre de 2013, durante 15 días. Le descuentan por todos los conceptos, sueldo, trienios, complemento geneneral del puesto y plan de acuerdo Transitorio. El cálculo es el mismo para todos los conceptos. Analizamos y calculamos el descuento sobre el concepto sueldo.

Como ha estado de baja 15 días, según el RDL 20/2012, durante los tres primeros días le descuentan el 50% de todos los conceptos, y durante el resto de la baja (en el ejemplo, 12 días) le descuentan el 25%.


El Ministerio de Justicia procede de la siguiente manera:

1.- Calcula, y le descuenta, 15 días de baja X 911,18 /30 días que tiene el mes de septiembre = 455,59 euros, que se descuentan por el concepto sueldo al trabajador/a en la nómina.

2.- Le abona de esos 15 días de baja, el 50% por los tres primeros días y el 75 % del resto, 12 días. 
Y lo calcula así, 911,18/30 = 30,37 euros valor día sueldo. Multiplica este valor día sueldo, 30,37 X 50/100 de 3 días, por un lado, y por otro, 30,37 X 75/100 de 12 días, es decir:

30,37 X 50 X 3/100 = 45,55 euros

30,37 X 75 X 12/100 = 273,33 euros

La suma de ambas cantidades, 45,55 + 273,33 = 318,91 euros, se abonan al trabajador.

Por tanto, en la nómina por el concepto sueldo aparecerá como descuento y abono, así:

              Sueldo…………             Dif 09/2013……………..455,59— (descuento)
   Enfermedad Sueldo ….Dif 09/2013……………..318,91 (abono)
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