CONSIDERAMOS ILEGAL QUE LAS JURAS SE PUEDAN HACER ANTE NOTARIO
Cumplido, en teoría, el periodo de la encomienda de gestión hecha por el Ministerio de Justicia a favor de los Registradores de la Propiedad, y tras la puesta en marcha de una nueva encomienda, ahora con los Notarios, para que éstos reciban las juras de nacionalidad “de forma gratuita” (¿quién ha pagado entonces los programas informáticos y la formación, Sr. Gallardón?) , el resultado de estas encomiendas no hacen sino dar la razón a las denuncias de CCOO, de que tras las mismas se esconde el objetivo del Gobierno del PP de privatizar el servicio público del Registro Civil, favoreciendo al mismo tiempo la endeble posición de los Registradores de la Propiedad, colectivo al que pertenece Rajoy, familiares de éste y de Gallardón, y el Director y Subdirector General de los Registros y del Notariado, ante las exigencias de liberalización de servicios que vienen de Bruselas y la disminución de su trabajo (e ingresos) por la crisis económica. Privatización de servicios que está siendo una chapuza, porque:
- Los Registradores de la Propiedad han hecho el trabajo que corresponde al Ministerio de Justicia en los Expedientes de Nacionalidad. Esto es algo que es preciso reiterar, pues no es la desidia de los Registros Civiles la que lleva al colapso en la resolución de los expedientes de nacionalidad sino la falta de medios personales y materiales en el propio Ministerio de Justicia para resolver las miles de peticiones de nacionalidad española, derivadas del aumento de población extranjera en España en los últimos 15 años. Si algo no funciona es el Ministerio de Justicia.
- El Ministerio de Justicia oculta los numerosos problemas derivados de la encomienda de resolución de los expedientes de nacionalidad a los Registradores de la Propiedad. Más allá el número de expedientes resueltos por los Registradores de la Propiedad, que serían más si los hubieran resuelto los propios Encargados de los Registros Civiles, el resultado de la encomienda de gestión a aquéllos no está siendo “tan positivo” como el Ministerio de Justicia no se cansa de publicitar a través de su página web:
En muchos expedientes se ha requerido para hacer trámites adicionales al no aceptar los certificados consulares de países extranjeros en España si no venían legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España, requisito que no exige el art. 90 del Reglamento del Registro Civil.
Se han denegado más solicitudes de nacionalidad española que nunca, y muchas de ellas por motivos infundados, en vez de requerir a los solicitantes para subsanar los defectos en documentos: no haber presentado algún certificado de nacimiento de hijo, no aportar algún documento legalizado, etc.
Se ha requerido más que nunca a los solicitantes para que aporten documentos adicionales. Además, tras aportar estos documentos, su expediente no se resuelve de forma inmediata, quedando pendiente de resolver miles de expedientes con documentación complementaria aportada hace meses.
Los expedientes de nacionalidad del año 2013 no se están tramitando. Ni los solicitantes están recibiendo las cartas del Ministerio de Justicia indicándoles cuál es el número de su expediente en Madrid, ni las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado están recibiendo desde hace meses peticiones de informes sobre los solicitantes, conforme establece el artículo 222 del Reglamento del Registro Civil.
No se están resolviendo los expedientes por orden. Existen miles de expedientes de los año 2010 y 2011 pendientes de resolver, mientras que miles del año 2012 ya han sido resueltos.
- La encomienda de gestión para hacer la propuesta de resolución de los expedientes de nacionalidad debería haberse hecho a los Jueces Encargados de los Registros Civiles y no a los Registradores de la Propiedad. Si el Ministerio de Justicia se veía incapaz de resolver los 400.000 expedientes de nacionalidad que dice que se encontró cuando Gallardón llegó al poder lo que tendría que haber hecho es bien modificar el art. 222 del Reglamento del Registro Civil, para permitir a los Registros Civiles recabar los informes oportunos para hacer una propuesta de concesión o denegación de la nacionalidad española en los mismos términos que lo han hecho los Registradores de la Propiedad, bien hacer una encomienda de gestión o delegación de funciones a los propios Encargados de los Registros Civiles. Ello hubiera sido lo más lógico, teniendo en cuenta la formación y experiencia que tienen sobre esta materia quienes trabajan en los Registros Civiles. En la encomienda de gestión a los Registradores de la Propiedad subyace la obsesión ideológica de este gobierno, que es pretender demostrar que lo privado funciona mejor que lo público, utilizando las mismas argucias que en Sanidad y Educación, etc y prepara la asunción por parte de este colectivo de todas las competencias sobre Registro Civil.
- Gallardón manipula la Ley para acomodarla a sus intereses: la Encomienda de Gestión firmada entre Gallardón y el Presidente del Consejo General del Notariado dice que el artículo 224 del Reglamento del Registro civil establece que el juramento o promesa de la nacionalidad española puede ser efectuado “ante el Encargado del Registro Civil o ante el funcionario que se estime competente”, lo que justifica la posibilidad de la encomienda de gestión para permitir que se efectúen las juras ante Notarios. El Sr. Gallardón se inventa la redacción del artículo 224 para acomodarlo a sus intereses, pues dicho artículo literalmente dice que “el solicitante comparecerá ante el funcionario competente para, en su caso, renunciar a la nacionalidad anterior, prestar la promesa o juramento exigidos e inscribirse como español en el Registro. El Encargado que recibe las declaraciones velará por la práctica de toda clase de asientos que procedan por el cambio”. El artículo 224, por tanto, no establece la opción de que la jura se haga ante el Encargado del Registro Civil o ante el funcionario competente, sino que habla únicamente de este último porque es, precisamente, el Encargado del Registro Civil, tal y como resulta del tenor literal de dicho artículo. Así lo interpretó hace ya años la propia Dirección General de Registros y del Notariado en resolución de 21 de noviembre de 1992. Además una encomienda de gestión la puede suscribir quien tiene la competencia, y en este caso no es el Ministerio de Justicia quien tiene la competencia para recibir las juras. Ello puede suponer que haya muchos Registros Civiles que consideren directamente nulas las juras de nacionalidad practicadas ante Notario y haya que repetirlas.
- El Ministerio de Justicia ignora a los Registros Civiles, a los Jueces Encargados de los Registros Civiles y a sus funcionarios y funcionarias: El Ministerio de Justicia en su página web apenas da publicidad a que las juras de nacionalidad española se pueden hacer en los Registros Civiles, y sin embargo da todo tipo de publicidad sobre cómo puede hacerse la jura de la nacionalidad ante los Notarios, como si éste fuese el procedimiento común. Además la Dirección General de Registros y del Notariado no ha publicado resolución, circular o instrucción dirigida a los Registros Civiles sobre cómo deben proceder cuando reciban las actas de jura de nacionalidad practicadas ante Notario, sino que éstos han tenido conocimiento extraoficial de esta posibilidad a través de la página web del Ministerio de Justicia o por los medios de comunicación. Tal deslealtad hacia sus propios funcionarios no es sino un ejemplo más de la deriva de este Ministerio, que para justificar sus oscuros intereses no duda en atacar a sus propios servicios y a sus empleados públicos.
Por todo ello, Gallardón y su equipo, lejos de solucionar el problema del atasco de resoluciones de nacionalidad pendientes, están originando nuevos problemas para los que luego presentarán como solución “ideal” la privatización completa de la concesión de las nacionalidades, incluida dentro de su proyecto de privatización del servicio público del Registro Civil . Gallardón no soluciona los problemas de la Administración de Justicia, sino que los crea y los aumenta. Quien ante los problemas echa leña al fuego no es un bombero, sino un pirómano.